Resumen: La enfermedad causante del óbito es una enfermedad común, que puede contraerse de forma indistinta dentro o fuera del trabajo. Por tanto el presupuesto para considerarla contingencia laboral es acreditar que se contrajo en tiempo y lugar de trabajo, lo que no se desprende del relato fáctico, lo que huelga mayor análisis jurídico de tal circunstancia.Presunción de que el contagio COVID se produo dentro del trabajo .Contingencia de accidente laboral de la enfermedad que causó el fallecimiento.La previsión del RDL que con carácter excepcional y "al objeto de proteger la salud pública" consideró "situación asimilada a accidente de trabajo exclusivamente" para la prestación económica de IT, Precisamente esta excepcional y delimitada a IT, asimilación a accidente de trabajo, se excluye cuando se prueba " que el contagio de la enfermedad se ha contraído por causa exclusiva en la realización del trabajo" en cuyo caso no se califica como "situación asimilada" - supuesto al presente litigio- sino " como accidente de trabajo" por ello no existe incongruencia alguna
Resumen: PRIMERO.- La parte demandada propone en el recurso que se modifique el salario del trabajador que figura en el apartado primero del relato de hechos probados de la sentencia de instancia.
Resumen: PRIMERO.- El Servicio Público de Empleo Estatal formula recurso de suplicación contra la sentencia que estima la demanda que formuló don Bernardino reclamando que la prestación por desempleo reconocida por la entidad gestora en fecha 11 de mayo de 2021, enmendada -en cuanto a la cuantía de la prestación- por la de 30 de junio de ese año, se le reconociese por un periodo de dos años y no por el de seiscientos sesenta días que se le reconoció en vía administrativa.